7 diciembre, 2024

AMLO busca prohibir fumar en playas, estadios y parques, alista decreto

Por Agencias

Ciudad de México, 31 mayo de 2022.- El gobierno federal alista un decreto presidencial para reformar el reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco, con la que se busca incrementar las prohibiciones para fumar este producto o nicotina en playas, estadios y centros de espectáculos.

En un anteproyecto enviado por la Secretaría de Salud (Ssa) y firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador a la Comisión de Mejora Regulatoria (Conamer) se detalla que también estará prohibida toda forma de publicidad o promoción de productos con tabaco en redes sociales y servicios de streaming.

El Presidente de la República justifica este decreto al señalar que el tabaquismo es una enfermedad crónica y recurrente, que en 80% de los casos se inicia antes de los 18 años de edad y que mantiene a los consumidores a merced de la dependencia que produce la nicotina y cuyas manifestaciones clínicas son trastornos cardiovasculares, respiratorios y aparición de tumores en diversas áreas del organismo.

El Jefe del Ejecutivo federal argumenta que el consumo de tabaco tiene un costo económico enorme, en el que se incluyen los elevados costos sanitarios de tratar las enfermedades que causa y la pérdida de capital humano debido a su morbimortalidad.

El anteproyecto busca incluir en el artículo 65 bis, que por “razones de orden público e interés social”, quedará prohibido tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de concurrencia colectiva, como patios, terrazas o balcones.

Además de parques de diversiones, lugares donde permanezcan o se congreguen menores, deportivos, playas, centros de espectáculos, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, entre otros.

Consulta aquí el  proyecto de decreto completo

El artículo 65 bis señala que “por razones de orden público e interés social, queda prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de concurrencia colectiva, incluidos de manera enunciativa, mas no limitativa.

“Los patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niñas y niños, parques de desarrollo urbano, deportivos, playas, centros de espectáculos, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, hospitales, centros de salud, clínicas médicas, sitios o lugares de culto religioso, en lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas, paraderos de transporte y demás que establezca la secretaría”.

El anteproyecto presidencial busca en su artículo 40 prohibir toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de productos elaborados con tabaco en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de comunicación y difusión tanto en medios impresos, visuales y audiovisuales, como cine, televisión, radio, pero también en redes sociales y de servicios de streaming.

“Queda prohibido realizar toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de comunicación y difusión (…) tales como revistas, diarios, periódicos, folletos, volantes, boletines, cartas, vallas publicitarias, carteles, letreros, entre otros.

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